Mediación

⚖️ 1. Mediación Prejudicial Obligatoria

 

Regulada por la Ley 13.951 de la Provincia de Buenos Aires, la mediación prejudicial es una instancia obligatoria previa al inicio de determinados procesos judiciales.

La Mediación se caracteriza por los principios de neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y consentimiento informado.

Su objetivo es ofrecer un espacio de diálogo que permita evitar la judicialización del conflicto, logrando soluciones más rápidas, económicas y satisfactorias para las partes.

 

a. Normativa

⚖️ 2. Mediación Voluntaria

 

La mediación voluntaria puede iniciarse libremente cuando las partes desean resolver un conflicto sin necesidad de recurrir al sistema judicial. Se utiliza en ámbitos familiares, comerciales, vecinales o institucionales, promoviendo el consenso y el respeto mutuo.

 

b. Listado de Mediadores inscriptos para realizar Mediaciones Voluntarias

 

⚖️ 3. Mediación Comunitaria

 

La mediación comunitaria busca fortalecer la convivencia y el diálogo dentro de la comunidad. A través de este espacio, se abordan conflictos cotidianos entre vecinos, instituciones o grupos locales, favoreciendo la cohesión social y la construcción colectiva de soluciones.

El Colegio de Abogados de Mercedes ha suscripto un convenio de cooperación con la Municipalidad de Luján a efectos de que las mediaciones comunitarias sean llevadas a cabo con mediadores inscriptos en el Departamento Judicial de Mercedes.


⚖️ Centro de Mediación

Domicilio: Calle 28 Nº661, Mercedes, Buenos Aires, Argentina
Directora: Dra. Ana María Martínez
Vicedirectora: Dra. María Margarita Di Santi
Secretaria: Patricia Battista
Contacto: mediacion@camercedes.org.ar