Servicio brindado por el Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mercedes y sus matriculados
Al decir del Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, el Consultorio Jurídico Gratuito es la mejor carta de presentación de los Colegios de Abogados frente a la sociedad.
En el Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes se le ha dado preponderancia a llevar a la realidad dicha máxima y se viene desarrollando una destacada tarea desde siempre en tal sentido, con la ayuda inestimable (aunque obligatoria desde la Ley 5177 y el juramento) de los abogados de la matrícula.
La reestructuración que comenzara en 1994 ha dado importantes frutos a través de una organización que es ejemplo para otros Colegios, que ya han consultado sobre su funcionamiento y han adoptado la misma modalidad de trabajo y organización, incluso Colegios de otras provincias. El CJG ha certificado bajo Normas ISO 9001, habiendo sido el primer CJG a nivel mundial en lograrlo.
La informatización del mismo a través del desarrollo de una Base de Datos ha permitido llevar un estricto control de los casos y tener un panorama acabado de los problemas jurídicos que aquejan a la población de nuestro Departamento.
Continúa siendo su Director el Dr. Marcelo Gabriel Mendiola, secundado por la Dra. Sofía B. Viccini.
Los casos atendidos se han mantenido en el orden de los 2000 anuales. Los días efectivos de atención se encuentran estabilizados en alrededor de 200 anuales. Todo connota el verdadero servicio a la comunidad que brindan los abogados y la colegiación.
Carga pública y obligación para el matriculado
El matriculado debe tener presente que la concurrencia y prestación del servicio en el Consultorio Jurídico Gratuito es obligatoria en cuanto es carga pública de ley, según así lo disponen los arts. 22 y 58 inc. 2 de la ley 5177.
La defensa y asistencia jurídica gratuita a las personas carentes de recursos económicos constituye una obligación legal (ley 5177) para el abogado, a la cual se compromete el día de su matriculación al prestar el juramento, y porque también así lo determina el art. 58 inc. 2 de la ley 5177.
Podrá admitirse la sustitución en su desempeño por otro matriculado en el Departamento sin otro requisito que la comunicación temporánea a las autoridades del Colegio.
El matriculado que no justifique su inasistencia a dos citaciones o en su defecto no sustituya su presencia con otro colega, se hará pasible de anotación sobre su conducta en su Legajo Personal y eventualmente sanción disciplinaria conforme lo previsto en los arts. 25 inc. 6 y 28 de la ley 5177.
Autoridades
DirectorDr. Marcelo Gabriel Mendiola
Cel.: 02324-15559231 — Lunes a viernes, de 8 a 14 hs.
SecretariaDra. Sofía B. Viccini
Tel.: 02324-426700 / 420115 int. 111 | Cel.: 02324-476781 — Lunes a viernes, de 8 a 14 hs.
Atención en Sede Central
Dirección: Calle 24 Nº 705, Planta Baja — Mercedes, Buenos Aires, Argentina
Días de atención: Lunes a viernes, excepto Ferias Judiciales
Presencial: 10 a 12 hs.
Telefónica o vía e-mail: Lunes a viernes, de 8 a 14 hs.
Tel.: (02324) 42-6700 | (02324) 42-7910 | (02324) 42-0115 | Cel.: 02324-476781
E-mail: cjg@camercedes.org.ar
Descentralización del Consultorio Jurídico Gratuito
Dando cumplimiento al art. 22 de la ley 5177, en las localidades de Alberti, Bragado, Chivilcoy, Luján, Navarro, San Andrés de Giles, Veinticinco de Mayo, Salto y Nueve de Julio funciona una extensión del Consultorio Jurídico Gratuito, en forma descentralizada, lo cual permite que ni los abogados ni los consultores deban moverse de su ciudad asiento, con el consiguiente beneficio en la faz económica y de tiempo.
Los abogados que tengan su domicilio legal denunciado ante el colegio en las localidades donde funciona el Consultorio Jurídico descentralizado, cumplen su obligación en dicha localidad, no debiendo entonces trasladarse para ello a la ciudad de Mercedes. El resto de los matriculados lo hace en la Sede de Mercedes.
Sedes descentralizadas del CJG — Lugar de atención, día y horario, contacto y convenios
Hacé clic en cada localidad para ver los detalles.
Alberti
Bragado
Chivilcoy
Luján
Navarro
San Andrés de Giles
Veinticinco de Mayo
Salto
Nueve de Julio
Misiones del CJG
Existen dos misiones principales a ser cumplidas por el CJG y los matriculados, conf. la manda del art. 22 de la Ley 5177 y art. 4 del Reglamento:
1) Asesoramiento jurídico gratuito a través del Consultorio
El Colegio de Abogados brinda asesoramiento a través del Consultorio Jurídico Gratuito a todo concurrente carente de bienes y recursos económicos, cuya condición no le permite acceder en forma particular a los servicios de un profesional abogado.
Para determinar la carencia de recursos se requieren datos personales del consultante, mediante declaración que tiene el carácter de jurada, e información sumaria realizada en los Juzgados de Paz Letrados o Registro Público de Comercio, además de la posibilidad de requerirse informes a organismos públicos o privados.
En general podemos considerar que existe carencia de recursos cuando quien consulta no posee bienes y percibe un ingreso económico mensual inferior al IMVM (Ingreso Mínimo Vital y Móvil), y no cuenta con otros ingresos económicos en el grupo familiar, pero esta determinación es del tipo «artesanal», debiéndose analizar el caso en particular. Cada caso es evaluado detalladamente, porque pueden existir otros factores que no permitan el acceso a justicia del consultante.
2) Asistencia jurídica a través de patrocinio letrado gratuito
Evacuada la entrevista y consulta inicial a través del asesoramiento en el Consultorio Jurídico Gratuito, cuando el abogado consultor determina que es necesario el patrocinio gratuito en instancia administrativa o judicial, lo hace saber al Director, quien luego de evaluar la documentación allegada y estudiar nuevamente en profundidad el caso resuelve si corresponde o no designar a un abogado para que patrocine en forma gratuita al consultante.
De resolver afirmativamente, se procede al sorteo de un abogado de la matrícula, conforme al Reglamento.
Formularios / Planillas necesarias para la atención
► ISO9001-CJG — Formulario de atención CJG con DDJJ (REV 1)
► ISO9001-CJG — Declaración Jurada para solicitar Patrocinio Gratuito CADJM (REV 1)
Documentación para el matriculado
Señor abogado, ingrese a la información dentro del enlace en archivo adjunto, lo que lo ayudará a brindar la mejor atención:
- Reglamento CJG Reglamento Consultorio Jurídico Gratuito
- Protocolo de atención Protocolo de Atención CJG | Esquema de atención (Cuadro sinóptico)
- Protocolo de derivación Protocolo de Derivación CJG — ¿Dónde Derivo?
- Recursero departamental Recursero — Departamento Judicial de Mercedes (REV1)
- Recursero Nueve de Julio Recursero — Localidad Nueve de Julio (REV2)
- Convenio CJG Luján Convenio Marco de Colaboración — CJG Descentralizado Luján
- Abogado del Niño Abogado del Niño | Convenio | Reglamento
- Convenio víctimas de delitos Convenio Abogado para Asistencia a Víctimas de Delitos
- Convenio Red Federal Convenio Red Federal de Patrocinio
- Discapacidad Buenas Prácticas en el Trato a Personas con Discapacidad (REV 1)
- Marco legal Ley 5177
- Concurso PNUD ARG 022/16 El Colegio ganó el Concurso de la ONU para asistencia a personas en estado de vulnerabilidad
Preguntas frecuentes
1. ¿Cómo debo atender el Consultorio?
2. ¿Cuáles son los horarios de atención y cuál es el lugar de atención?
Para la Sede Mercedes consulte con Secretaría del CJG.
Para las sedes descentralizadas, ver el detalle de cada localidad en la sección Descentralización del CJG más arriba.
3. ¿Puedo cambiar los días asignados?
En principio se puede, y usted debe conseguir reemplazante. Para casos extremos de imposibilidad, favor contáctese con Secretaría del CJG.
4. ¿Estoy exento por trabajar en relación de dependencia?
Salvo que su relación de dependencia lo sea de organismos públicos fiscales, el hecho de la carga pública impone su asistencia, estando eximido de la prestación laboral por derivar dicha exigencia de una obligación legal (art. 58 inc. 2 ley 5177).